Browsing by Subject Ato ilícito

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2020-11El derecho a la mentira como tutela preventiva de los derechos fundamentales de los trabajadoresLa mentira y el engaño son contrarios a los principales valores que propugna el derecho. De este modo, en materia contractual la mentira se ha considerado tradicionalmente como uma ruptura del principio de buena fe que obliga a todas las partes de un contrato, y por el que deben regirse de forma honesta y justa. De no cumplirse con esta obligación cabe, en el ámbito laboral, bien considerar el contrato nulo por vicio en el consentimiento –en caso de que la mentira afectase a alguno de los elementos esenciales del contrato–, bien admitir que el empresario pueda ejercer su poder disciplinario frente al trabajador. Desde esta aproximación resulta difícil reconocer un derecho a la mentira. Sin embargo, hacerlo puede ser esencial para garantizar la tutela preventiva de los derechos fundamentales de los trabajadores. Considerando que no existe mejor protección que la prevención, el derecho a mentir podría = contribuir a evitar la vulneración de los derechos fundamentales, constituyendo, de hecho, el mejor modo para su salvaguardia. En primer lugar, por cuanto la dificultad de la prueba no queda completamente eliminada en virtud de las reglas de la inversión de la carga de la prueba. En segundo, por cuanto la reparación del daño no va a proporcionar la completa satisfacción de los intereses en juego.Fita Ortega, Fernando.
2021-04Redirecionamento da execução fiscal : análise da responsabilização do sócio-administrador na extinção irregular da empresaAnálise do cabimento do redirecionamento da execução fiscal na hipótese de infração legal prevista no art. 135, II, do Código Tributário Nacional – CTN no caso de extinção irregular da pessoa jurídica, não precedida de dissolução ou requerimento de falência. A responsabilidade pelo débito fiscal da pessoa jurídica há de ser atribuída ao sócio-administrador integrante do quadro societário no momento da extinção ao arrepio da lei, devendo, a ampliação do polo passivo, ser requerida no prazo de cinco anos, a partir da ciência, pela Fazenda Pública, do fato ilegal, sendo desnecessária a instauração do incidente de desconsideração da personalidade jurídica.Gusmão, Rossana Malta de Souza.